El Congreso de Puebla impulsa una reforma para incluir los comentarios y bromas gordofóbicas dirigidas a mujeres dentro de la categoría de violencia estética, aunque sin tipificarlos como delito penal. La iniciativa fue presentada por la diputada Esther Martínez Romano, del Partido del Trabajo (PT), y busca modificar la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado, específicamente la fracción VIII del artículo 10, que enumera los tipos de violencia contra las mujeres.
Según la propuesta, se consideraría violencia estética cualquier acción u omisión basada en género que, mediante presión, imposición, amenaza, discriminación, humillación, rechazo o ridiculización, obligue a una mujer a modificar u ocultar su cuerpo. Esto incluye las bromas y comentarios gordofóbicos, así como la imposición de estereotipos o patrones de belleza.
La diputada Martínez Romano advirtió que este tipo de violencia puede causar daños físicos y psicológicos, afectando la dignidad, autoestima, salud e integridad de las mujeres. Sin embargo, aclaró que la reforma no crea ni tipifica un nuevo delito en el Código Penal, por lo que no habrá sanciones penales para quienes incurran en estas conductas.
Especialistas a nivel nacional coinciden en que las bromas y comentarios gordofóbicos constituyen violencia estética, un fenómeno que se manifiesta en burlas sobre el cuerpo o rasgos físicos, como peso, talla, edad, color de piel, forma de vestir, arreglo personal, cabello o condición de discapacidad.
En México, la Encuesta Nacional sobre Discriminación 2022 identifica la apariencia física como un factor relevante de discriminación. Estas conductas, que pueden presentarse en comentarios, bromas, exigencias sociales o requisitos de presentación, generan daño psicológico, exclusión, limitación de oportunidades y menoscabo al libre desarrollo de la personalidad de las mujeres.
Este reconocimiento legislativo en Puebla representa un avance en la visibilización de formas sutiles pero dañinas de violencia de género, aunque la ausencia de sanciones penales plantea interrogantes sobre su efectividad práctica. En un contexto donde la defensa de la dignidad y la libertad individual son pilares fundamentales, la propuesta abre la puerta a un debate necesario sobre los límites entre la protección social y la regulación estatal.

