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La Guardia Nacional recupera facultades para multar a conductores en carreteras federales

el_faro_user 7 horas ago 0 0

El 26 de mayo de 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, otorgando a la Guardia Nacional la facultad de sancionar a conductores que incumplan las normas viales en las carreteras federales del país.

Esta actualización legal busca preservar la seguridad de los automovilistas y fortalecer la colaboración con la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) para prevenir accidentes carreteros. A partir de esta fecha, los elementos de la Guardia Nacional podrán inspeccionar vehículos, dirigir el tránsito, verificar sistemas de frenado, emitir dictámenes técnicos y elaborar actas-convenio en hechos de tránsito.

Además, la Guardia Nacional apoyará al personal de la SICT en la verificación de conductores de vehículos destinados al servicio de autotransporte federal y transporte privado. Se establecen sanciones para quienes se nieguen a acatar las órdenes de los agentes, entreguen documentación incompleta o incurran en conductas agresivas contra las autoridades o personal de servicios de emergencia.

El decreto también faculta a la Guardia Nacional para coadyuvar con autoridades investigadoras en la persecución y detención de personas en casos de flagrancia, así como para mantener bajo custodia a conductores, pasajeros y vehículos involucrados en hechos de tránsito para facilitar las investigaciones correspondientes.

En cuanto a las multas, el DOF establece sanciones basadas en la Unidad de Medida y Actualización (UMA) 2026, que van desde 10 hasta 50 veces la UMA diaria, equivalentes a montos que oscilan entre 1,173 y 5,865 pesos, dependiendo de la infracción. Entre las faltas sancionadas se encuentran la desobediencia a la autoridad, el mal estado físico o mecánico del vehículo, la falta de medidas de seguridad ante fallas mecánicas o de combustible, y la omisión en la bitácora de vehículos de transporte público.

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